DOCUMENTACION NECESARIA PARA PEDIR LA CIUDADANÍA ITALIANA:

Es necesario que toda la documentación que más abajo se indica (salvo la partida de nacimiento del ancestro italiano) sea traducida. En Argentina, las partidas no correspondientes a la Ciudad de Buenos Aires deben tener la legalización del Ministerio del Interior. A todas las partidas se les debe poner la Apostilla de La Haya, en Cancillería (o legalización internacional que corresponda, según el país). Luego se traducen, se pasan por el Colegio de Traductores (Corrientes 1765) y luego apostillarlas nuevamente.

En relación al ancestro italiano se debe pedir a la Cámara Electoral, o el organismo que realice esa función (en la Argentina: Leandro N. Alem 240, Buenos Aires), el certificado de NO NATURALIZADO, subiendo por internet toda la documentación probatoria, el documento de la persona que requiere el certificado (en Argentina se debe llevar un estampillado del Banco Ciudad de Buenos Aires).